Desde el Ayuntamiento de LOIU ,con motivo del Estado de Alarma ocasionado por el COVID-19, hemos adoptado las siguientes medidas tributarias para facilitar, apoyar y ayudar a nuestros vecinos, en función de las competencias municipales:
1.Se modifica el calendario fiscal 2020 y el pago de cursos en los siguientes términos:
-Impuesto sobre VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA (Pago en periodo voluntario)
DEL 1 DE MARZO AL 15 DE JUNIO.
–CURSOS CULTURALES Y DEPORTIVOS
3º TRIMESTRE: EN SUSPENSO EL PAGO.
En cualquier caso, se procederá al reintegro de la parte proporcional de los importes abonados del mes de marzo, con efectos desde de la fecha de suspensión de la prestación del servicio o de la actividad correspondiente.
2.-Asimismo, se adoptan las siguientes medidas:
-No se practicarán ni se emitirán liquidaciones tributarias a partir del 16 de marzo y hasta la fecha de levantamiento del estado de alarma.
-Se interrumpen los plazos de pago de cualquier tributo, notificados y en periodo voluntario, cuya fecha de vencimiento sea el 16
de marzo o posterior.
-Se retrasa un mes, el vencimiento del mes de Abril, correspondiente a los fraccionamiento y aplazamientos de pago de deudas concedidas hasta el momento.
A su vez, os queremos TRASLADAR algunas las principales medidas económicas que se han puesto en marcha desde distintas instituciones para paliar los efectos provocados por el virus COVID-19 y a las cuales se pueden acoger los y las vecinas de LOIU.
Para autónomos en desempleo o ventas superior 40%
• Moratoria de la deuda hipotecaria para la adquisición de la vivienda habitual si padecen extraordinarias dificultades. (Gobierno estatal)
Personas autónomas afectadas por el cierre o reducción 75%
• Prestación extraordinaria por cese de actividad para los afectados* por la declaración del estado de alarma. 70 % de la base reguladora. Durante el estado de alarma y hasta el último día del mes en el que finalice estado de alarma. Periodo se entiende como cotizado y
no reduce futuras prestaciones. (Gobierno estatal)
Personas autónomas
• Ayudas de carácter excepcional para personas empresarias individuales y autónomas,afectados por el cierre de actividad según decreto del estado de alarma, para subvencionar las cotizaciones a la seguridad social y la renta del alquiler de los locales de negocio. Hasta
3.000 € por beneficiario.
• Suspensión de los plazos de presentación hasta el 1 de Junio, si menos de 10 personas empleadas.
• Aplazamiento excepcional de tres meses sin garantía ni intereses. Y para en 6 cuotas iguales al mes a partir del 4 mes.
• Supresión de los pagos fraccionados del IRPF de las personas autónomas que no tienen que ingresar los pagos fraccionados del primer y segundo trimestre
• Línea de avales por un importe máximo de 100.000 M€ a la financiación concedida por entidades de crédito a empresas y personas autónomas para atender sus necesidades de circulante.
• Nueva línea de urgente de financiación entre el Gobierno Vasco y Elkargi, a través del a través del Instituto Vasco de Finanzas (IVF) para la financiación de circulante. O% intereses.
Resumen Pequeña empresa
Pequeña empresa (hasta 50 empleados)
• Plazos de presentación de autoliquidaciones del 25 de Marzo al 14 de abril.
• Aplazamientos vigentes, la cuota de 25 de Marzo, se retrasa un mes.
• Aplazamiento excepcional de tres meses sin garantía ni intereses. Y para en 6 cuotas iguales al mes a partir del 4 mes.
• Línea de avales por un importe máximo de 100.000 M€ a la financiación concedida por entidades de crédito a empresas para atender sus
necesidades de circulante.
• Nueva línea de urgente de financiación entre el Gobierno Vasco y Elkargi, a través del Instituto Vasco de Finanzas (IVF) para la financiación de circulante. O% intereses.
• Línea extraordinaria de cobertura aseguradora de 2.000 M€ durante 6 meses para cubrir el riesgo de créditos de circulante para las empresas exportadoras
• Medidas de flexibilización de los expedientes de regulación de empleo. Si ERTE de fuerza mayor y menos de 50 empleados, no hay que pagar las cuotas de la seguridad socia.
Resumen Mediana empresa
Mediana empresa (hasta 250 empleados)
• Plazos de presentación de autoliquidaciones del 25 de Marzo al 14 de abril.
• Aplazamientos vigentes, la cuota de 25 de Marzo, se retrasa un mes.
• Línea de avales por un importe máximo de 100.000 M€ a la financiación concedida por entidades de crédito a empresas para atender sus
necesidades de circulante.
• Nueva línea de urgente de financiación entre el Gobierno Vasco y Elkargi, a través del Instituto Vasco de Finanzas (IVF) para la financiación de circulante. O% intereses.
• Línea extraordinaria de cobertura aseguradora de 2.000 M€ durante 6 meses para cubrir el riesgo de créditos de circulante para las empresas exportadoras
• Medidas de flexibilización de los expedientes de regulación de empleo. Si ERTE de fuerza mayor y 50 empleados
Resumen Gran Empresa
Gran empresa
• Plazos de presentación de autoliquidaciones del 25 de Marzo al 14 de abril.
• Aplazamientos vigentes, la cuota de 25 de Marzo, se retrasa un mes.
• Línea de avales por un importe máximo de 100.000 M€ a la financiación concedida por entidades de crédito a empresas para atender sus
necesidades de circulante.
• Línea extraordinaria de cobertura aseguradora de 2.000 M€ durante 6 meses para cubrir el riesgo de créditos de circulante para las empresas exportadoras
• Medidas de flexibilización de los expedientes de regulación de empleo. Si ERTE de fuerza mayor y 50 empleados o mas, solo se paga el 25 % de las cuotas de la seguridad social.
Medidas para personas trabajadoras
Moratoria de la deuda hipotecaria para la adquisición de la vivienda habitual para deudores en situación de desempleo.
Las personas trabajadoras afectadas por un ERTE, tendrán derecho a la prestación por desempleo aunque carezcan del período mínimo de cotización. El paro gastado, no computará de cara a futuras prestaciones por desempleo y dicho periodo será considerado como cotizado.
Medidas Familiares para personas autónomas
Moratoria de la deuda hipotecaria para la adquisición de la vivienda habitual si padecen extraordinarias dificultades.
Se aplicarán a los contratos de préstamo o crédito garantizados con hipoteca inmobiliaria cuyo deudor se encuentre en los supuestos de vulnerabilidad económica establecidos en el artículo 9 de este real decreto-ley y que estén vigentes a la fecha de entrada en vigor.
Se entiende por vulnerabilidad económica que el deudor hipotecario pase a estar en situación de desempleo o, en caso de ser empresario o profesional, sufra una pérdida sustancial de sus ingresos o una caída sustancial de sus ventas, superior al 40%.
Medidas Laborales para personas autónomas
Prestación extraordinaria por cese de actividad para los afectados* por la declaración del estado de alarma
Las personas autónomas cuyas actividades queden suspendidas por el estado de alarma o cuando su facturación en el mes anterior se vea reducida en un 75%, tendrán derecho a una prestación extraordinaria del 70% de la base reguladora.
La prestación tendrá una duración de un mes o hasta el último día del mes en el que finalice estado de alarma.
El tiempo de su percepción se entenderá como cotizado y no reducirá los períodos de prestación por cese de actividad a los que el beneficiario pueda tener derecho en el futuro.
* Se entiende por afectados las actividades educativas y de formación, comercio, hostelería, actividades recreativas y
culturales.
Medidas Laborales para personas autónomas
Ayudas de carácter excepcional para personas empresarias individuales y autónomas, afectados por el cierre de actividad según
decreto del estado de alarma, para subvencionar las cotizaciones a la seguridad social y la renta del alquiler de los locales de negocio.
Las cuotas relativas al pago de la cotización como trabajador por cuenta propia en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en el que, en su caso, corresponda de la Seguridad Social o en Mutualidades profesionales obligatorias. Dicho gasto no subvencionable cuando haya sido subvencionado por Lanbide-Servicio Vasco de Empleo u otras administraciones públicas.
El arrendamiento de locales de negocio, siempre y cuando no sean parte de una vivienda familiar y no exista relación de parentesco hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad con el/la arrendador/a del local, ni sea socio/a o participe de la persona física o jurídica que actúe como arrendador/a.
Para el período comprendido entre el mes de entrada en vigor del R.D. 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma y el mes siguiente al que finalice el mismo.
Beneficiarios: Las empresarias o empresarios y profesionales individuales, empadronados y con residencia en la CAE, y que la actividad empresarial tenga el domicilio social y fiscal en la CAE y el centro de trabajo.
Cuantía máxima: 3.000 € por beneficiario y Convocatoria: 3 M€
Medidas Fiscales para personas autónomas
Decreto Foral Normativo 1/2020,de 17 de Marzo, que tiene por objeto mitigar las consecuencias derivadas de la pandemia provocada por el virus COVID-19 para las y los contribuyentes del Territorio Histórico de Bizkaia.
• Personas físicas con menos de 10 personas trabajadoras, suspensión de los plazos de presentación hasta el 1 de Junio. Si tienen más empleados, se amplía el plazo de presentación del 25 de marzo hasta el 14 de abril.
• En caso de aplazamientos vigentes, la cuota de 25 de Marzo, se retrasa un mes, y en consecuencia cada uno de los aplazamientos concedidos, sin intereses de demora.
• Aplazamientos excepcionales de deudas tributarias:
– Deudas que venzan entre 16 de Marzo y 31 de Mayo, exigibles desde 01 de Junio.
– A partir de esta fecha, no se paga nada durante 3 meses sin garantía ni intereses.
– Pago en 6 cuotas mensuales de igual importe a partir del 4º mes.
– Sin limite de deuda.
• Supresión de los pagos fraccionados del IRPF de los trabajadores autónomos q:ue no tienen que ingresar los
pagos fraccionados del primer y segundo trimestre.
Mas información en
Teléfono de contacto: 946 125 500
Medidas Financieras para personas autónomas y empresas
Línea de avales por un importe máximo de 100.000 M€ a la financiación concedida por entidades de crédito a empresas y
personas autónomas para atender sus necesidades de circulante.
Primer tramo de avales por un importe de 20.000 millones de euros, de los cuales el 50% se reservará para garantizar préstamos para personas autónomos y pymes.
Los avales cubrirán el 80% para pymes y personas autónomas. Para el resto de empresas se cubrirá el 70% de los nuevos prestamos y el 60% de las renovaciones.
El aval tendrá la vigencia de la duración del prestamos con un máximo de 5 años.
El coste del aval, de entre 20 y 120 puntos básicos, será asumido por las entidades financieras.
Se podrán solicitar la garantía para sus operaciones hasta el 30 de septiembre de 2020.
Los avales tendrán carácter retroactivo al 18 de marzo.
La financiación será concedida por las entidades financieras con las que el ICO haya suscrito acuerdos.
Las entidades financieras se comprometen a mantener los costes de los nuevos préstamos y de las renovaciones
que se beneficien de estos avales en línea con los costes aplicados antes del inicio de la crisis del COVID-19
Medidas Financieras para personas autónomas y
empresas
Nueva línea de urgente de financiación entre el Gobierno Vasco y Elkargi, a través del Instituto Vasco de Finanzas (IVF) para la
financiación de circulante de pymes y personas autónomas de la CAE por importe de 25M/€ para responder impacto COVID19
En qué consiste
• Para Pymes, personas empresarias individuales y profesionales autónomos domiciliadas en CAE con
actividad económica, centro de decisión o al menos un dentro de actividad.
• Para necesidades de liquidez y financiación de los gastos de estructura correspondientes a 6 meses cuya
financiación deberá representar un incremento neto del exigible financiero.
• Comisión formalización 0,25% del aval y comisión anual del aval de 0,75% anual (50% subvencionado)
• Modalidad: Préstamo amortizable, con cuotas trimestrales.
• Tipo de interés: 0% (Subvencionado por IVF)
• Plazo de amortización y carencia: 5 años, con uno de carencia sin comisiones bancarias.
• Entre 50.000€ y 1.000.000€ para pequeñas y medianas empresas.
• Entre 5.000€ y 50.000€ para personas empresarias individuales y profesionales autónomas
Mas información en: www.euskadi.eus o https://www.elkargi.es/es/
Teléfono de contacto: 012
Medidas Financieras para empresas
Línea extraordinaria de cobertura aseguradora de 2.000 M€ durante 6 meses para cubrir el riesgo de créditos de circulante
para las empresas exportadoras
Serán elegibles los créditos de circulante necesarios para la compañía exportadora, sin que sea necesario su relación directa con uno o varios contratos internacionales, siempre que respondan a nuevas necesidades de financiación.
Los beneficiarios son las empresas españolas consideradas como Pequeñas y Medianas Empresas en las que el negocio internacional represente al menos un tercio (33%) o empresas que sean exportadoras regulares.
Las coberturas serán otorgadas por la Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación, S.A.
Cía. de Seguros y Reaseguros (CESCE), S.M.E.
Medidas Fiscales para empresas
Decreto Foral Normativo 1/2020,de 17 de Marzo, que tiene por objeto mitigar las consecuencias derivadas de la pandemia provocada por el virus COVID-19 para las y los contribuyentes del Territorio Histórico de Bizkaia.
• Se amplían plazos de presentación de autoliquidaciones del 25 de Marzo al 14 de abril.
• Aplazamientos vigentes, la cuota de 25 de Marzo, se retrasa un mes, y en consecuencia cada uno de
los aplazamientos concedidos, sin intereses de demora.
• Para aplazamientos excepcionales de deudas tributarias para micropymes y pequeña empresa :
– Deudas que venzan entre 16 de Marzo y 31 de Mayo, exigibles desde el 01 de Junio.
– A partir de esta fecha, suspenso del pago 3 meses sin garantía ni intereses.
– Pago en 6 cuotas mensuales de igual importe a partir del 4º mes.
– Sin limite de deuda.
Mas información en:
Teléfono de contacto: 946 125 500
COVID-19 birusaren ondorioz hartu diren urgentziazko zerga-neurriak |
COVID-19 birusak eragindako alarma-egoera dela-eta, Loiuko Udalak honako zerga-neurriak hartu ditu: |
1.-2020ko egutegi fiskala eta ekintzek ordainketa aldatu egin da honako puntuetan: |
2020KO EGUTEGI FISKALA |
Trakzio Mekanikodun ibilgailuen gaineko Zerga (Borondatezko ordainketa epea) |
MARTXOAREN 1ETIK EKAINAREN 15ERA |
EKINTZAK |
KULTUR ETA KIROL EKINTZAK |
3. HIRUHILEKOA: ETENDA ORDAINKETAK |
Edonola ere, zerbitzu edo jarduera horiek etenda daudenez, erabiltzaileei bueltatu egingo zaie martxoko kuotari dagokion zati proportzionala (etenaldia baino gorakoa). |
2.-Era berean, ondoko neurriak hartuko dira: |
-Martxoaren 16tik gora ez da egingo ez jaulkiko zerga-likidaziorik, harik eta alarma-egoera amaitutzat joten dan arte. |
-Eten egin dira zerga guztien ordaintzeko epeak (jakinarazitakoak eta borondatezko epean), baldin eta euron ordainketa-epearen azken eguna martxoaren 16a bada edo osteko egunen bat. |
-Hilabeteko epe-luzapena emango zaizkie apirilean ordaindu beharreko zorren zatiketa-eta geroratze-kuotei. |
Todo lo que sea ayudar a la ciudadanía, tanto en los pagos como en las gestiones, me resulta imprescindible en estos momentos tan duros y difíciles. Oso ondo.
Eskerrik asko!!!